Régimen preferente ICA Bogotá |
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- El Régimen preferente es el anterior régimen simplificado en Bogotá.
- Los contribuyentes que pertenezcan al régimen preferencial que obtengan durante el año gravable ingresos netos inferiores a 1933 UVT no tendrán que presentar la declaración de ICA. - Su impuesto será igual a las sumas retenidas por tal concepto. - Quienes pertenezcan al régimen común sólo podrán acogerse al régimen preferencial cuando demuestren que, en el último año fiscal, cumplieron las condiciones establecidas en el artículo 10 del acuerdo 756 de 2019. 🔔 ¡Activa la campanita para recibir CADA notificación y mantenerte actualizado! 🔔 🔗 Síguenos en: https://www.youtube.com/c/Accounterwebtv https://www.instagram.com/accounterweb/ https://www.facebook.com/accounterweb/ https://twitter.com/accounterweb 📩 Contáctanos: info@accounter.co PBX(1) 794 5448 WhatsApp: 3174421888 https://www.accounter.co Información y consultoría tributaria, NIIF y laboral. |