IMPUESTO A LOS GRANDES PATRIMONIOS (IGP). Necesidad de Información Financiera Intermedia. |
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IMPUESTO A LOS GRANDES PATRIMONIOS (IGP)
Necesidad de Información Financiera Intermedia. El Impuesto a los Grandes Patrimonios (IGP), creado en Venezuela por Ley Constitucional (G.O. N° 41.696 del 16/08/2019), es un tributo anual que grava la totalidad del patrimonio neto de las personas naturales o jurídicas calificadas como Sujetos Pasivos Especiales (SPE), que al corte del 30 de septiembre de cada año tengan un patrimonio igual o mayor a 150.000.000 de unidades tributarias (U.T.). En cuanto a la anualidad de este impuesto, la Ley de IGP, en su artículo 11 señala que “Se entiende ocurrido el hecho imponible el 30 de septiembre de cada año”; es decir, no importa cual sea la fecha de cierre económico del Sujeto Pasivo Especial (SPE) persona jurídica, los saldos al 30 de septiembre son los que dan origen a la obligación tributaria, son los que constituyen el hecho imponible. Las consecuencias de este aspecto del tributo, se describen en el siguiente video que aprovecho de compartir con ustedes. En caso de que desee obtener información más detallada sobre este controvertido impuesto, le ofrecemos nuestra “GUÍA DEL IMPUESTO A LOS GRANDES PATRIMONIOS”. Escriba al correo rister2013@gmail.com y le enviaremos información con respecto al contenido (pensum) de la guía, su valor y formas de pago. |