Exoneración de parafiscales: ¿puede ser aplicada por entidades del régimen tributario especial? |
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Responde conferencista: Diego Guevara
¿A las entidades del régimen tributario especial les aplica la exoneración de aportes parafiscales establecida en el artículo 114-1 del ET? Al leer el artículo 114-1 del Estatuto Tributario –ET– se observa que cierto tipo de contribuyentes están exonerados de realizar los aportes al Sena, ICBF y el aporte a salud. Los detalles sobre esta exoneración y la posibilidad de aplicarla por los contribuyentes que califican en el régimen tributario especial –RTE– son mencionados en este video por el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios. Para conocer más detalles sobre este tipo de contribuyentes, se puede leer lo dispuesto en el artículo 19 y 19-4 del ET, en conjunto con el Decreto 2150 de 2017. Para mayor información ingresa a https://actualicese.com/consultorio-tributario-con-el-dr-diego-guevara-entidades-del-regimen-tributario-especial/ Síguenos en nuestras redes: Youtube: https://www.youtube.com/actualicesevideo Facebook: https://www.facebook.com/actualicese/ Grupo Facebook: https://www.facebook.com/groups/actualiceseOro/ Instagram: https://www.instagram.com/actualicese/ Twitter: https://twitter.com/actualicese |