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Exoneración de parafiscales: ¿puede ser aplicada por entidades del régimen tributario especial?

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Responde conferencista: Diego Guevara

¿A las entidades del régimen tributario especial les aplica la exoneración de aportes parafiscales establecida en el artículo 114-1 del ET?

Al leer el artículo 114-1 del Estatuto Tributario –ET– se observa que cierto tipo de contribuyentes están exonerados de realizar los aportes al Sena, ICBF y el aporte a salud.
Los detalles sobre esta exoneración y la posibilidad de aplicarla por los contribuyentes que califican en el régimen tributario especial –RTE– son mencionados en este video por el contador público

Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios.
Para conocer más detalles sobre este tipo de contribuyentes, se puede leer lo dispuesto en el artículo 19 y 19-4 del ET, en conjunto con el Decreto 2150 de 2017.


Para mayor información ingresa a https://actualicese.com/consultorio-tributario-con-el-dr-diego-guevara-entidades-del-regimen-tributario-especial/

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